Ventajas económicas para familias numerosas en España
Previsiblemente, las familias de dos mujeres, (monomarentales) o de dos hombres, (monoparentales) con dos hijos, pasarán a ser consideradas como familias numerosas, tras la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2011.
Si la medida anunciada en esta ocasión se completa, un mes después de la publicación de los presupuestos, las madres y padres cabeza de familia en soledad, podrán disfrutar de los mismos beneficios para sus hijos e hijas que las familias numerosas.
Esta medida, que ya existía para aquellos casos de viudez, ahora se aplica a todas aquellas familias que cumplan con esta condición, ya sea por voluntad o por causa de separación.
El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) ha admitido esta propuesta del grupo parlamentario de ERC-IU-ICV. Niños y niñas optarán a becas, ayudas y subvenciones específicas para este concepto, de los que hasta ahora han estado privados.
“Esta ha sido una lucha dura pero finalmente se ha conseguido”, dijo Rosa Maestro, gestora de la Web masola.org de defensa de las madres solteras por elección.
“Por fin, después de tres años de retraso desde que se firmó el decreto ley, que equiparaba a las familias monoparentales con dos hijos a viudos y viudas con dos hijos en la obtención del título de familia numerosa, el Gobierno anunció que en 2011 lo serán”.
Para esta activista, mucho es el camino que queda por recorrer hasta eliminar los obstáculos existentes para este modelo familiar. “Otras discriminaciones como la fiscal, aún persisten”, y explica que las familias encabezadas por una pareja, ésta puede en total deducir 3 mil 400 euros anuales, mientras que en las monomarentales y monoparentales la cantidad es de solo 2.150 euros.
Eso, dice, “sin entrar en detalles de por qué una familia monoparental no es aceptada en igualdad de condiciones ante la adopción nacional, por qué los hombres no pueden elegir ser padres solteros por elección, porque no está legalizado el vientre de alquiler en España, o por qué la Seguridad Social no acepta a mujeres sin pareja en los tratamientos de reproducción asistida, cuando la ley actual de reproducción asistida afirma que no puede haber discriminación ni en cuanto a la condición civil, identidad sexual o edad”.
Fuente: CIMAC Noticias
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