Inscripción en el registro civil con final feliz
Lo cierto es que al final lo han conseguido pero un mero trámite enturbia un acontecimiento feliz
Un tercer grado verbal y administrativo. La historia de Eloísa y Mariana, una joven pareja malagueña, cuya hija, nacida hace dos meses en el Hospital El Ángel, fue fruto de un proceso de inseminación artificial con donante de semen, realizado en la Unidad de Reproducción Asistida de este hospital, es un ejemplo de las trabas administrativas que le pone a las parejas lesbianas que quieren ser madres.
La suya es una relación de nueve años totalmente acreditada. Casadas legalmente desde hace año y medio, decidieron tener un hijo y que Eloísa fuera la madre gestante por ser la mayor, ya que Mariana, unos años más joven, podría intentarlo más adelante, en caso de que no hubiera embarazo a la primera. La inscripción de su hija recién nacida en el Registro Civil de Málaga, lejos de ser un acontecimiento feliz, supuso un auténtico calvario.
El único requisito que piden para que una mujer heterosexual pueda inscribir como padre en el Registro Civil a quien ella quiera es el consentimiento del varón, la presencia de ambos si no están casados y el certificado de nacimiento del hijo. Por el contrario, una mujer lesbiana que quiera hacer lo mismo inscribiendo a una segunda madre, primero debe estar casada o ser pareja de hecho y, entre otros documentos, presentar el “consentimiento informado de la Sociedad española de fertilidad firmado por la pareja al inicio del proceso reproductivo”. Documento que se tramita en todas las clínicas por el que la pareja firma en calidad de matrimonio y donde se contempla que, a todos los efectos, ambas son madres de pleno derecho sobre el futuro bebé. Sin embargo, dicho informe oficial resulta insuficiente en algunos juzgados para que un matrimonio entre mujeres pueda inscribir a su hijo.
Según Eloísa, acuden al juzgado antes de nacer la pequeña para informarse de la documentación que han de presentar. “Nos preguntan si estamos casados, a lo que respondemos que casados no, casadas sí”. “Además del libro de familia, el certificado de nacimiento del bebé y el consentimiento informado de la Sociedad española de fertilidad, nos exigen un certificado médico de la Unidad de reproducción, firmado por el médico que ha asistido a la madre gestante, número de colegiado, y que especifique este conjunto de palabras: Inseminación artificial con semen donante, embarazo satisfactorio, clínica, datos de la madre gestante”.
Esta pareja asegura que lo sucedido evidencia que al registro lo único que le importa es anular la posibilidad de que un arrepentido o engañado “padre” aparezca reclamando que la niña es suya “algo absurdo ya que, como es obvio, se trata de una donación anónima, y no de un padre como tal”, señala Mariana. “Nos han dejado claro que, para ellos, la madre no gestante no tiene la menor importancia, de nada sirve que yo haya consentido y estado presente en el proceso y que estemos casadas”.
Actualmente existe un gran vacío legal en este asunto,“es cierto que esto no sucede en todos los juzgados, pero la ley permite que los funcionarios puedan exigir toda la documentación que consideren necesaria y vulnerar tu intimidad con total impunidad”. Así lo aseguran desde el Ministerio de Justicia, al que llamaron para exponer su caso y preguntar qué sucedía entonces si una mujer va a inscribir como padre al primer hombre que se encuentre. La respuesta fue muy clara “el registro en este caso no se plantea si es o no el padre. La presunción de paternidad es un hecho”.
No conformes con todo esto, cuando nace el bebé, les exigen que ambas estén presentes para inscribirlo, un requisito que en parejas heterosexuales se requiere en caso de no estar casados. “Recién parida y aún con los puntos, tuve que ir al registro. A la vez que nosotras, llegaron dos parejas de distinto sexo. Nuestra sorpresa fue que, mientras nosotras permanecíamos allí porque no querían registrar a la niña bajo el argumento de que en el certificado médico no especificaba que el semen donante era anónimo, a estas parejas, sin estar casados, ni ser pareja de hecho y, ni tan siquiera vivir juntos, no se les puso impedimento alguno para su inscripción”.
Ante la insistencia de Eloísa y Mariana, que llegaron incluso a enseñarles el documento confidencial de “capacitación espermática” para evitar volver de nuevo a la clínica, finalmente accedieron a su registro como si de un favor muy especial se tratara. “Nos hicieron sentir inferiores al resto de ciudadanos/as”. El caso de esta pareja no es único. La situación se repite en otras madres lesbianas, dependiendo, eso sí, del registro al que acudan.
Eloisa acudió al Centro de Información y Asesoramiento LGBT en Málaga de ANDALUCÍA-DIVERSIDAD, representante en Andalucía de la Confederación Española COLEGAS, al encontrarse con las trabas de los funcionarios del Registro Civil.
“Desde ANDALUCIA-DIVERSIDAD apoyamos la valentía de Eloísa y Mariana al denunciar públicamente este trato discriminatorio, les animamos que explicaran detenidamente la ley y que si los obstáculos continuaban interpusieran una denuncia ante los funcionarios del Registro Civil y lo hicieran público ya que nos consta que no es el único caso que sucede en parejas lesbianas no sólo en Málaga sino en otros registros civiles de España”, ha declarado Antonio Ferre,presidente de ANDALUCÍA-DIVERSIDAD.
En este sentido Ferre ha explicado ‘Seguimos reiterando que no se debe menospreciar y dejar impune los numerosos hechos discriminatorios por la orientación sexual o la identidad de género, y animamos a seguir el ejemplo de esta pareja de lesbianas de denunciar cualquier tipo de ataque, o situación discriminatoria. Las leyes están para ser usadas, y aún hay muchos LGBT que tienen miedo de exigir sus derechos y denunciar”, concluye el representante del colectivo.
fuente:ragap.es
2 Comentarios
Me gustaria ser mama otra bes como debo pedir sita para la inseminacion
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