Diálogo abierto sobre gestación subrogada
Hace poco más de un año, la Sociedad Española de Fertilidad (SEF), presento públicamente el documento Propuesta de bases generales para la regulación en España de la gestación por sustitución en el marco del 31 Congreso de la SEF.
Ya en la introducción del escrito se señalaba que no se hacía un pronunciamiento ni a favor ni en contra de la gestación por sustitución, sino que se limitaba a plantear una propuesta reflexiva de condiciones generales para el supuesto de que el legislador diera en algún momento el paso de su legalización en España.
Este tema ha sido, y es, absolutamente controvertido, pues las posturas al respecto son extremas y enfrentadas, totalmente carentes de diálogo.
Pues bien. Tras unos meses de intenso debate político y social, el Grupo Parlamentario Ciudadanos acaba de presentar una Proposición de Ley reguladora del derecho a la gestación por subrogación, para su consideración y debate en el Pleno del Congreso. La propuesta se estructura en siete capítulos, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales.
Son muchas las similitudes entre el texto de C’s y el documento de la SEF. Sobre todo en lo que hace referencia a los puntos principales de conflicto, como son la naturaleza altruista de la misma, aportación de gametos por uno de los dos miembros de la pareja y creación del Registro Nacional de Gestación por Sustitución. Por otro lado, más legalista, también existen numerosas coincidencias entre ambos documentos: contrato entre gestante y subrogantes, etc.
Rocío Núñez miembro de la comisión que redactó el documento de la SEF nos dice:
Sin embargo, un punto de nuestra propuesta que echo en falta es la evaluación individual por parte de un Comité de Ética (las leyes con frecuencia adolecen de esta falta). La valoración ética no es vinculante, pero las recomendaciones que se realizan siempre pueden ayudar a desestimar o no los casos que se presenten. Y aunque se contempla la revisión por parte de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida, no se trata de lo mismo.
También considero necesario que se especifique, dentro de los derechos de la gestante, la prevalencia de autonomía en caso de que ella decida no proseguir con la gestación.
Por otra parte, hay aspectos incluidos en la proposición de ley que, dado su carácter (valga la redundancia) legal, no figuraban en el documento de la SEF, como es el supuesto del fallecimiento de los progenitores en el transcurso del proceso de subrogación.
Es de sobra sabido que la perfección no existe. Y que es prácticamente imposible contentar a todas las partes de un conflicto. Pero considero que cada uno de los documentos por separado se acerca bastante a lo que podría considerarse una regulación que contempla los valores de todas las partes implicadas. Sobre todo las del futuro niño.
Y también creo que lo perfecto sería una suma de ambos documentos, donde no quedaría un resquicio libre para objeción alguna.
Fuente: http://elpais.com/elpais/2017/06/27/mamas_papas/1498583153_612121.html
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